Tabla de Contenido:
SOLICITUD DE PORTABILIDAD (Ehtelco)
INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL DEL SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL (PARTICULARES)
Operador: EHTELCO
Servicio: Comunicaciones electrónicas móviles minoristas (voz, SMS y datos)
1. Identidad del Operador y Contacto
EHTELCO, empresa prestadora del servicio móvil.
Canales de atención al cliente:
Teléfono gratuito
Correo electrónico
Área de cliente
Dirección postal
2. Descripción del Servicio
El servicio incluye:
Llamadas nacionales y en roaming UE.
SMS nacionales y en roaming UE.
Datos móviles en 2G/3G/4G, con velocidades máximas, mínimas y estimadas indicadas en el Documento de Tarifas.
Servicios adicionales: buzón de voz, desvíos, llamada en espera, identificación de llamada, etc.
Roaming UE bajo política “Roam Like At Home (RLAH)” con posible uso razonable (FUP).
3. Precios y Tarifas
Los precios finales (con impuestos), bonos y límites de consumo se recogen en el Documento de Tarifas, que forma parte contractual del servicio.
Las llamadas a numeración especial (901, 902, 80X, 90X, SMS premium) pueden tener coste adicional según tarifas vigentes.
Cualquier modificación de precios requiere un preaviso mínimo de 30 días.
4. Velocidades y Gestión del Tráfico
Acceso a Internet en 2G/3G/4G con velocidades máximas, mínimas y estimadas definidas en el Documento de Tarifas.
Si se agota el bono de datos podrá aplicarse reducción de velocidad o bloqueo, según la tarifa contratada.
Las medidas de gestión del tráfico serán razonables, transparentes y no discriminatorias.
5. Cobertura y Calidad del Servicio
Compromiso de disponibilidad mensual: 99,85 %.
Los niveles mínimos de calidad serán los establecidos por la normativa sectorial vigente.
Los mapas de cobertura son orientativos y no garantizan la disponibilidad del servicio en ubicaciones concretas.
6. Duración del Contrato y Baja
El contrato tiene duración indefinida.
El cliente puede solicitar la baja en cualquier momento por cualquier canal gratuito.
La baja será efectiva en el menor plazo posible.
No existen costes de baja, salvo consumos pendientes o penalizaciones legales vinculadas a ventajas económicas.
7. Permanencia
Solo existirá permanencia si el cliente recibe una ventaja económica (descuento, terminal, instalación gratuita, etc.).
La penalización será proporcional a la ventaja y nunca superior.
Se entregará al cliente la fórmula de cálculo de la penalización en soporte duradero antes de la contratación.
8. Portabilidad
La portabilidad se realiza en 1 día hábil.
Puede cancelarse hasta las 14:00 del día anterior.
El operador no obstaculiza la portabilidad.
9. Tarjeta SIM
La SIM es propiedad del operador.
Sustitución gratuita en caso de fallo técnico.
En pérdida o robo, el operador realizará un bloqueo inmediato.
Se aplicarán controles reforzados contra duplicados fraudulentos (SIM swapping).
10. Suspensión y Desconexión
El servicio puede suspenderse por:
Impago, con aviso previo (15 días + 15 días adicionales).
Uso fraudulento o ilícito.
Problemas técnicos graves.
Requerimiento de autoridad.
El acceso al 112 no se suspenderá nunca.
Las limitaciones se aplicarán únicamente según las capacidades técnicas de la red.
11. Protección de Datos
EHTELCO tratará los datos del cliente para:
Prestar el servicio.
Facturar.
Gestionar incidencias.
Prevenir fraudes.
Cumplir obligaciones legales.
Derechos del cliente: acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, portabilidad y reclamación ante AEPD.
12. Roaming
Aplicación del principio “Roam Like At Home” dentro de la UE.
Posible límite de uso razonable (FUP) según Reglamento (UE) 2022/612.
Fuera de la UE, se aplican tarifas específicas.
13. Atención al Cliente y Reclamaciones
Existen canales gratuitos de atención.
Todas las reclamaciones se registran y se asigna un número de referencia.
14. Declaración del Cliente
El Cliente declara haber recibido, con antelación suficiente y en soporte duradero, toda la presente información precontractual.
CONTRATO MOVIL PARTICULARES
OBJETO DEL CONTRATO Y ALCANCE DEL CONTRATO
El presente Contrato tiene por objeto regular las condiciones bajo las cuales EHTELCO presta al Cliente el servicio de comunicaciones electrónicas móviles de carácter minorista, incluyendo los servicios de voz, SMS y datos móviles, así como cualesquiera opciones adicionales que el Cliente pueda solicitar. Forman parte integrante del Contrato: las Condiciones Generales, las Condiciones Particulares, el Documento de Tarifas vigente y la información precontractual entregada al Cliente en soporte antes de la contratación.
DOCUMENTOS QUE FORMAN EL CONTRATO
Forman parte integrante del Contrato: (a) las presentes Condiciones Generales; (b) las Condiciones Particulares, cuando procedan; (c) el Documento de Tarifas vigente, que se entrega al Cliente en soporte duradero; y (d) la información precontractual facilitada antes de la contratación.
DEFINICIONES
Los siguientes términos utilizados en las presentes condiciones tendrán las significaciones que a continuación se indican:
ENHANCED COMMUNICATIONS, S.L., en lo sucesivo denominada “EHTELCO” y/o designada asimismo individualmente como una “Parte” o colectivamente como una de las “Partes.
Tarjetas SIM (Subscriber Identity Module): la tarjeta inteligente del Terminal que permite la identificación del Cliente por la red del Operador y su conexión a dicha red con un Terminal.
CDR (Call Detail Record): información relativa a los pormenores de todas las comunicaciones telefónicas realizadas (hora, duración, emplazamiento, …) para realizar la facturación.
Clientes finales: Las personas físicas que contratan la Oferta de telefonía móvil para un uso privado o no profesional, y que utilizan las Tarjetas SIM y los Servicios prestados por EHTELCO en calidad de usuarios finales. Tendrán la consideración de consumidores conforme al Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Comunicaciones (o Airtime): el conjunto de las comunicaciones electrónicas emitidas por los Clientes con sus Tarjetas SIM y descritas más abajo pormenorizadamente Descripción de los Servicios
Contrato: el presente documento.
Datos: el conjunto de datos, incluidos los datos personales, transmitidos por la Contraparte y tratados por EHTELCO para la prestación del Servicio.
Cada Parte será responsable del tratamiento de los datos personales que le correspondan conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD).
(Motivo: eliminar la referencia a “propiedad” de los datos —concepto inexistente en RGPD— y corregir la atribución indebida de responsabilidades.)
Datos Personales: toda información relativa a una persona física identificada o identificable que sea tratada con ocasión de la negociación o ejecución del Contrato, conforme a la definición del artículo 4.1 del RGPD.
(Motivo: adaptar la definición a la normativa vigente y eliminar referencias imprecisas.)
EDGE (Enhanced Data Rates for GSM Evolution): mejora del GPRS estándar que permite un tráfico de datos más fluido.
GPRS (General Packet radio Service): estándar europeo que permite la posibilidad de transmitir y recibir datos (data) sobre una red GSM.
GSM (Global System for Mobile): Norma europea sobre las redes y terminales móviles.
HSPA (High Speed Packet Access): conjunto de protocolos empleados en telefonía móvil para mejorar el rendimiento de los protocolos UMTS.
IMEI (International Mobile Equipement Identity): Número único de 15 dígitos que permite identificar los terminales móviles.
Lanzamiento Comercial: el lanzamiento comercial de la Oferta, es decir, la fecha a partir de la cual, la contraparte comercializa efectivamente su Oferta y pone a disposición de los Clientes el Servicio.
MSISDN (Mobile Systems International Subscriber Identity Number): Número del usuario conocido por el público
Oferta: la oferta de telefonía móvil comercializada al público por la Contraparte, en el Territorio.
Las características de la Oferta son líbremente determinadas por la Contraparte dentro de los límites previstos por el Contrato.
PIN (Personal Identification Number): número de identificación personal que permite identificar la tarjeta SIM.
PUK (Personal Unblocking Code): el PUK, o código de desbloqueo del PIN, es un código compuesto de 8 dígitos que sirve para desbloquear una tarjeta SIM bloqueada.
Operador: el operador que explota la red móvil puesta a disposición de EHTELCO y de la Contraparte sobre el Territorio.
Servicio(s): el conjunto de servicios prestados por EHTELCO a la Contraparte en virtud del Contrato, y precisados más abajo en «Descripción de los Servicios» y/o en un impreso de solicitud firmado por las Partes, siempre que dichos documentos se faciliten al Cliente en el momento de la contratación.
(Motivo: garantizar transparencia y evitar nulidad por remisión a documentos no entregados.)
SMS (Short Message Service): el SMS es un servicio ofrecido conjuntamente con la telefonía móvil que permite transmitir mensajes de texto de pequeño tamaño (limitados a 160 caracteres).
Terminal: el equipo radioeléctrico terminal conforme con la legislación en vigor, que, dotado de una tarjeta SIM activada sobre la red del Operador según el Contrato, permite la conexión a dicha red para la emisión de Comunicaciones.
Territorio: el territorio definido en el artículo <<Territorio>> en el que EHTELCO presta sus servicios a la Contraparte.
UMTS: (Universal mobile Telecommunications System): una de las tecnologías de telefonía móvil de tercera generación utilizadas por las redes actuales. Permite un mayor tráfico de datos de manera simultánea y ofrece un caudal superior a los permitidos por GSM, GPRS y EDGE.
Los términos día, semana y mes tendrán, respectivamente, los siguientes significados: día laborable en España, semana natural y mes natural.
. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Los servicios de telefonía móvil siguientes se pondrán a disposición de los usuarios finales, quienes dispondrán de tarjetas SIM activadas sobre la red de Orange/Ios.
4.1. Servicios de Voz:
■ Llamadas salientes desde España sobre la red 2G, 3G o 4G del operador y en roaming desde una red extranjera asociada;
■ Llamadas entrantes desde España sobre la red 2G, 3G o 4G del operador y en roaming desde una red extranjera asociada;
■ Llamadas a los números de urgencia desde España sobre la red 2G, 3G o 4G del
operador.
Servicios de telefonía incluidos:
Llamada en espera, identificación de llamada, desvío de llamada condicional, llamada oculta, acceso a mensajería de voz.
4.2.1. Servicios SMS:
■ Envío de SMS desde España sobre la red 2G, 3G o 4G del operador y en roaming desde una red extranjera asociada;
■ Recepción de SMS desde España sobre la red 2G, 3G o 4G del operador y en roaming desde una red extranjera asociada.
4.2.2.Servicios DATA:
■ Intercambio de datos desde España sobre la red 2G, 3G o 4G del operador y en roaming desde una red extranjera asociada
Servicios DATA:
■ Intercambio de datos desde España sobre la red 2G, 3G o 4G del operador y en roaming desde una red extranjera asociada.
4.3. Velocidad y calidad del servicio
EHTELCO garantiza que la velocidad máxima, mínima y estimada del servicio de datos será la que se indique en la oferta comercial o documento de tarifas aplicable, que se incorpora al contrato. En caso de incumplimiento de los niveles de calidad mínimos legalmente exigidos, el Cliente tendrá derecho a las compensaciones previstas en la normativa vigente.
4.4. Política de gestión del tráfico
Cualquier medida de gestión razonable y no discriminatoria aplicada por el Operador o por EHTELCO será transparente, proporcionada y se limitará a lo estrictamente necesario para la integridad de la red, conforme al Reglamento (UE) 2015/2120. Dichas medidas se publicarán en la documentación comercial y estarán disponibles para el Cliente antes de la contratación.
4.5. Servicios en roaming (Política de Uso Razonable – RLAH)
Los servicios de voz, SMS y datos en la Unión Europea se prestarán bajo el principio de “Roam Like at Home”. Podrán aplicarse límites de uso razonable conforme al Reglamento (UE) 531/2012. Los límites de consumo, eventuales recargos y mecanismos de aviso se detallarán en las tarifas vigentes, entregadas al Cliente en el momento de la contratación.
4.6. Numeración especial y servicios de tarificación adicional
Las llamadas a numeración especial (como 901, 902, 905, 80X, 90X y números premium SMS) no están incluidas en los bonos de voz o en las tarifas planas, salvo que se indique expresamente. Su precio se facturará según las tarifas específicas vigentes, puestas a disposición del Cliente antes de la contratación.
4.7. Limitaciones técnicas del servicio
La disponibilidad del servicio puede verse afectada por la cobertura radioeléctrica, saturación de red, ubicación del usuario en interiores, túneles o zonas sin cobertura, así como por labores de mantenimiento programado. EHTELCO pondrá a disposición del Cliente mapas de cobertura orientativos y avisos de mantenimiento cuando sea posible.
4.8. Información económica y tarifas aplicables
Los precios finales, impuestos incluidos, así como los bonos de consumo, límites, condiciones de superación de estos y cualquier cargo adicional (incluido el roaming fuera de la UE) se entregarán al Cliente en el momento de la contratación mediante un documento de tarifas que forma parte integrante del contrato.
4.9. Atención al cliente y reclamaciones
EHTELCO dispondrá de canales gratuitos de atención al Cliente, incluyendo teléfono, correo electrónico y dirección postal. El Cliente podrá presentar reclamaciones sobre el servicio, que serán resueltas en el plazo máximo legal. La fecha y número de referencia de cada reclamación quedarán registrados.
El servicio de telefonía móvil incluye la puesta a disposición de las Tarjetas SIM, la portabilidad del número móvil del usuario final o, en su caso, la asignación de un nuevo número móvil, así como la prestación de un servicio que permita la emisión y recepción de llamadas dentro de la zona de cobertura disponible de la red del operador prestatario. La disponibilidad efectiva del servicio podrá verse condicionada por factores técnicos tales como la cobertura radioeléctrica, la ubicación del usuario, labores de mantenimiento o incidencias en la red, conforme a lo previsto en la normativa aplicable. Las características esenciales del servicio, incluidos los niveles mínimos de calidad, límites de consumo y demás condiciones asociadas, se detallan en la oferta comercial y en el documento de tarifas que forman parte integrante del contrato y se entregan al Cliente antes de la contratación.
4.10. Instalación
El servicio móvil no requiere instalación física ni entrega de equipos obligatorios, salvo la Tarjeta SIM o eSIM correspondiente.
4.11. Incompatibilidades
Determinadas promociones, descuentos o servicios pueden ser incompatibles entre sí. EHTELCO informará previamente al Cliente de cualquier incompatibilidad aplicable.
5. OPCIONES & SERVICIOS
Servicios opcionales activables mediante las tarjetas SIM
La activación de servicios opcionales se deja a la elección del cliente en el impreso de solicitud.
5.1. Activación de servicios opcionales mediante las Tarjetas SIM
La activación de servicios opcionales se deja a la elección del Cliente en el correspondiente impreso o flujo de solicitud. La activación y la desactivación podrán realizarse a través de los canales gratuitos de atención al Cliente que EHTELCO ponga a disposición (entre otros, área de cliente, teléfono gratuito y/o otros medios en línea). La desactivación de servicios opcionales no conllevará penalizaciones ni costes distintos de los estrictamente necesarios y proporcionados, de conformidad con la normativa aplicable. Los precios, límites de consumo y cualesquiera cargos asociados constarán en el documento de tarifas vigente, que forma parte integrante del Contrato.
5.2. Servicios opcionales disponibles
Se mantienen las siguientes opciones, cuya disponibilidad podrá requerir terminal compatible y cobertura adecuada:
■ Opción internacional: autoriza al Cliente a realizar llamadas telefónicas desde España hacia números extranjeros.
– Condiciones esenciales: precios por minuto/establecimiento (o bonos/planes aplicables), recogidos en el documento de tarifas; exclusiones de numeración especial o de tarificación adicional; posible necesidad de verificación antifraude.
– Información de interoperabilidad: puede requerir compatibilidad del terminal con códecs o estándares admitidos por las redes de destino.
■ Opción roaming: autoriza al Cliente a realizar y recibir comunicaciones cuando se encuentre conectado a redes extranjeras.
– Condiciones esenciales: en la UE/EEE se aplicará el principio “Roam Like At Home” con posibles límites de uso razonable (FUP) conforme a la normativa; fuera de la UE/EEE se aplicarán las tarifas específicas vigentes. Avisos de consumo y mecanismos de corte/alerta se describen en el documento de tarifas.
– Acceso a emergencias: el acceso al 112 en la UE se regirá por la normativa aplicable del país visitado.
■ Opción 4G/5G: autoriza al Cliente a utilizar la red 4G/5G.
– Condiciones esenciales: requiere dispositivo y SIM compatibles y disponibilidad de cobertura 4G/5G. Las velocidades máxima, mínima y estimada se regirán por lo indicado en la oferta/tarifas vigentes. Cualquier gestión razonable del tráfico será transparente, proporcionada y no discriminatoria, de acuerdo con la normativa de neutralidad de la red.
■ Opción iPhone: autoriza funcionalidades específicas (p. ej., buzón de voz visual, modem y compartición de conexión).
– Condiciones esenciales: pueden requerir versiones determinadas de iOS, configuración del terminal y disponibilidad de datos móviles; su uso computará en el consumo de datos del plan contratado según tarifas.
Modificación de la tarjeta SIM
Existen diferentes tipos de modificaciones que podrán solicitarse a través de los canales de atención indicados y conforme a los requisitos de identificación del titular:
■ Modificación de las opciones
■ Suspensión total de la línea
■ Prohibición de llamadas salientes
■ Reactivación (en el caso de que la línea haya estado suspendida)
■ Cancelación de la línea
■ Intercambio de SIM
■ Anulación de la portabilidad
Modificación de las opciones o tarifa
El Cliente podrá solicitar en cualquier momento el cambio de modalidad o tarifa a través de los canales gratuitos de atención. El cambio se hará efectivo en el menor plazo técnicamente posible.
Suspensión total de la línea (a solicitud del Cliente)
Tiene por objeto suspender temporalmente todos los servicios asociados a la línea.
– Efectos: se suspenden voz, SMS y datos. El acceso a llamadas de emergencia 112 no resultará afectado, de acuerdo con la normativa aplicable.
– Procedimiento y plazos: se tramitará a través de los canales gratuitos de atención; el plazo estimado de ejecución será informado al Cliente previamente y no excederá del razonable para la correcta gestión técnica.
– Costes: los posibles costes de gestión, cuando existan, figurarán en el documento de tarifas; no habrá penalización por solicitar la suspensión
Prohibición de llamadas salientes
La prohibición de llamadas salientes a través de la línea tiene por objeto suspender temporalmente a través de la línea solamente los siguientes servicios:
■ Llamadas de voz salientes nacionales e internacionales
■ Llamadas en roaming entrantes y salientes (en caso de que el servicio haya sido activado)
■ SMS salientes
■ Acceso a los datos (en el caso de que el servicio haya sido activado)
– Efectos no afectados: se mantendrán las llamadas entrantes en España (salvo causas técnicas o normativas) y el acceso al 112.
– Procedimiento, plazos y costes: según lo indicado para la suspensión, con detalle en el documento de tarifas.
Reactivación de la línea
Cuando se haya activado una suspensión total o una prohibición de llamadas salientes, la reactivación restablecerá los servicios previamente disponibles.
– Procedimiento y plazos: mediante solicitud del Cliente por canales gratuitos; la reactivación se realizará en el menor plazo técnicamente posible.
– Costes: los que, en su caso, se recojan en el documento de tarifas; no habrá penalización.
Cancelación de la línea
A solicitud del Cliente, EHTELCO desactivará la tarjeta SIM en la red del operador, quedando inhabilitado el servicio.
– Efectos: facturación prorrateada hasta la fecha efectiva de baja; liquidación de saldos pendientes (p. ej., terminales financiados o servicios devengados) conforme al Contrato y a la normativa de consumidores.
– Procedimiento y plazos: se informará al Cliente del plazo estimado y de los efectos de la baja antes de su ejecución.
Intercambio de SIM
El Intercambio de SIM supone la sustitución de una tarjeta SIM asociada a un MSISDN por una nueva en caso de pérdida, robo o mal funcionamiento de una tarjeta SIM.
– Seguridad: el bloqueo de la línea se gestionará de forma inmediata tras la notificación del Cliente por canales gratuitos. Podrá requerirse acreditación de identidad o denuncia en caso de robo.
– Costes: los posibles gastos de emisión de la nueva SIM constarán en el documento de tarifas.
Anulación de portabilidad
Después de realizar una solicitud de activación con portabilidad, el cliente tiene la posibilidad de solicitar la anulación de dicha portabilidad hasta anularla hasta las 14:00 horas del día hábil anterior a la fecha programada de cambio.
– Procedimiento: mediante los canales de atención gratuitos.
– Costes y efectos: podrán aplicarse, en su caso, los costes directos permitidos por la normativa y previstos en el documento de tarifas; se informará al Cliente antes de completar la anulación.
Guía telefónica universal
EHTELCO, en su caso, podrá solicitar los datos necesarios para la inclusión en guías telefónicas universales o para servicios de información.
– Base jurídica: el tratamiento se realizará exclusivamente con el consentimiento expreso, libre, informado y verificable del Cliente, que podrá retirarse en cualquier momento sin efecto retroactivo.
– Derechos: el Cliente podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y demás previstos en la normativa de protección de datos a través de los canales de atención indicados. Por defecto, el Cliente no será incluido si no presta su consentimiento.
Transparencia económica y documentación contractual
Los precios finales (impuestos incluidos), bonos de consumo, límites, condiciones de superación, posibles recargos (incluido el roaming fuera de la UE/EEE) y cualesquiera otros conceptos se recogen en el documento de tarifas vigente y/o en la oferta comercial aplicable, que se entregan al Cliente antes de la contratación y forman parte integrante del Contrato. La información sobre calidad mínima del servicio, velocidades (máxima, mínima y estimada) y políticas de gestión del tráfico se facilita de forma clara y accesible.
Requisitos técnicos e interoperabilidad
La prestación de determinadas opciones puede requerir dispositivos, versiones de software o configuraciones concretas. EHTELCO pondrá a disposición del Cliente, antes de la contratación, la información necesaria sobre compatibilidad, interoperabilidad y eventuales limitaciones técnicas, incluyendo mapas de cobertura orientativos.
Ley 11/2022, arts. 61–67
Carta de Derechos del Usuario (RD 899/2009), arts. 9–15
Directiva UE 2002/22 modificada, y normativa de calidad
Jurisprudencia AEPD sobre suspensión por impago
La he redactado en estilo contractual formal, lista para incorporar a tu contrato de servicios móviles para personas físicas.
6. NÚMEROS DE MÓVILES
6.1. Asignación del número
EHTELCO asignará al Cliente un número de teléfono móvil (MSISDN) perteneciente al Plan Nacional de Numeración Telefónica y gestionado conforme a la normativa vigente. El Cliente utilizará dicho número durante la vigencia del Contrato, sin que adquiera sobre él derecho de propiedad alguna.
6.2. Modificación del número por obligaciones regulatorias
En caso de que la autoridad competente (Secretaría de Estado de telecomunicaciones, CNMC u organismo que la sustituya) acuerde modificaciones obligatorias en el Plan Nacional de Numeración o en la estructura de numeración, EHTELCO podrá modificar el número asignado al Cliente para dar cumplimiento a dichas obligaciones.
En estos casos:
a) EHTELCO comunicará el cambio al Cliente con la antelación mínima que establezca la normativa aplicable o, en su defecto, con al menos un mes de antelación.
b) El Cliente no tendrá derecho a indemnización, al derivarse la modificación de una obligación legal ajena a EHTELCO.
c) EHTELCO adoptará las medidas razonables para minimizar el impacto del cambio, conforme a la normativa sectorial.
6.3. Modificación del número por razones técnicas justificadas
Excepcionalmente, EHTELCO podrá modificar el número asignado al Cliente cuando exista una razón técnica debidamente acreditada que haga imposible o sustancialmente inviable mantener la numeración asignada.
En tal caso:
a) La causa deberá estar fundamentada en necesidades técnicas objetivas no imputables a EHTELCO.
b) Se informará al Cliente con la antelación mínima razonable, y nunca inferior a un mes salvo imposibilidad técnica justificada.
c) El Cliente tendrá derecho a resolver el Contrato sin penalización si el cambio le resultara perjudicial, sin perjuicio de las obligaciones económicas pendientes.
6.4. No modificación por motivos comerciales
EHTELCO no modificará el número asignado al Cliente por motivos exclusivamente comerciales o discrecionales. Cualquier modificación deberá basarse en causas reglamentarias o técnicas conforme a lo descrito en los apartados anteriores.
6.5. Conservación del número y portabilidad
El Cliente tendrá derecho a conservar su número telefónico mediante los procedimientos de portabilidad establecidos reglamentariamente. La portabilidad podrá ejercerse en cualquier momento mientras el Contrato permanezca vigente, de conformidad con la normativa aplicable.
EHTELCO no obstaculizará la portabilidad ni impondrá cargos que no estén expresamente permitidos por la normativa vigente.
6.6. Efectos del cambio de numeración
En caso de cambio de numeración conforme a los apartados 4.2 o 4.3:
a) EHTELCO garantizará el funcionamiento del servicio de encaminamiento de llamadas o anuncio de cambio (cuando sea técnicamente posible y legalmente exigible).
b) El cambio no alterará las condiciones económicas ni las prestaciones del Servicio contratado.
c) El Cliente deberá actualizar, bajo su responsabilidad, elementos externos tales como tarjetas de visita, publicidad, sistemas propios o dispositivos configurados con la numeración anterior, no siendo EHTELCO responsable de dichos costes.
6.7. Comunicaciones al Cliente
Todas las comunicaciones relacionadas con modificaciones de numeración se realizarán utilizando los medios habituales de comunicación con el Cliente (correo electrónico, SMS, área privada u otros medios adecuados), garantizando un soporte duradero conforme a la normativa de consumidores.
7. PORTABILIDAD DEL NÚMERO MÓVIL
7.1. Derecho a la portabilidad
El Cliente tiene derecho a conservar su número de teléfono móvil cuando cambie de operador, conforme a la normativa de portabilidad vigente. La portabilidad podrá solicitarse en cualquier momento mientras el Contrato permanezca activo.
7.2. Procedimiento de solicitud
La solicitud de portabilidad se formulará ante EHTELCO como operador receptor, mediante los canales habilitados al efecto. EHTELCO verificará la identidad del Cliente mediante los procedimientos previstos por la normativa aplicable y será responsable de la tramitación del proceso con el operador donante.
7.3. Requisitos para la portabilidad
La portabilidad podrá efectuarse únicamente cuando:
a) El número esté activo en el operador donante en la fecha programada para la portabilidad.
b) Los datos aportados por el Cliente coincidan con los registrados en el operador donante.
c) No exista una solicitud previa de cancelación de la numeración.
d) Existan las condiciones técnicas necesarias para la ejecución de la portabilidad.
7.4. Plazo de ejecución
La portabilidad se realizará en un plazo máximo de un (1) día hábil desde la validación de la solicitud, salvo causas técnicas debidamente justificadas. EHTELCO informará al Cliente de la fecha prevista de cambio.
7.5. Interrupción del servicio
El proceso podrá implicar una interrupción temporal del servicio que, conforme a la normativa, no debería superar unas pocas horas. El Cliente se compromete a insertar la nueva Tarjeta SIM en la fecha indicada para la correcta activación del Servicio.
7.6. Efectos sobre el contrato con el operador de origen
La solicitud de portabilidad implica la cancelación automática del contrato relativo al número portado con el operador donante, sin perjuicio de las obligaciones económicas pendientes (p. ej., cuotas devengadas, permanencias válidamente pactadas o financiación de terminales).
7.7. Derecho de cancelación de la portabilidad
El Cliente podrá solicitar la anulación de la portabilidad hasta las 14:00 horas del día hábil anterior a la fecha prevista de cambio, conforme a la Orden ETU/1033/2017.
EHTELCO informará previamente al Cliente acerca de los posibles costes directos que, en su caso, procedan conforme a la normativa vigente.
7.8. Causas de rechazo
La solicitud podrá ser rechazada por el operador donante únicamente por las causas previstas reglamentariamente, entre otras:
a) Datos incorrectos o no coincidentes.
b) Número inactivo.
c) Solicitud duplicada o incoherente.
d) Imposibilidad técnica debidamente acreditada.
EHTELCO informará al Cliente en caso de rechazo y le permitirá presentar una nueva solicitud si procede.
7.9. No obstaculización de la portabilidad
EHTELCO no impondrá gastos distintos de los previstos legalmente ni realizará actuaciones que puedan impedir, retrasar o dificultar la portabilidad del número.
7.10. Compensaciones
Cuando la portabilidad no se realice en el plazo establecido por causas imputables al operador, el Cliente tendrá derecho a las compensaciones previstas en la normativa aplicable o en la política de compensaciones de EHTELCO.
7.11. Protección de datos personales
El tratamiento de los datos personales necesarios para la portabilidad se realizará conforme al RGPD y la LOPDGDD, limitándose a lo estrictamente necesario para la ejecución de la solicitud.
8. TARJETA SIM
8.1. Propiedad de la Tarjeta SIM
La Tarjeta SIM, así como sus aplicaciones informáticas, elementos de software y demás funcionalidades técnicas necesarias para la conexión con la red del Operador, son propiedad exclusiva del Operador y/o de EHTELCO. El Cliente no adquiere ningún derecho de propiedad sobre dichos elementos, pudiendo utilizarlos únicamente para acceder a los Servicios conforme al presente Contrato.
8.2. Custodia y utilización
El Cliente deberá custodiar la Tarjeta SIM con la diligencia debida y utilizarla conforme a lo establecido en el Contrato. El Cliente será responsable del uso legítimo de la Tarjeta SIM mientras la tenga bajo su posesión y control, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados siguientes respecto a pérdida, robo o uso fraudulento.
8.3. Defectos o mal funcionamiento
En caso de defecto de fabricación o funcionamiento imputable a la Tarjeta SIM y no al uso del Cliente, EHTELCO procederá a su sustitución sin coste para el Cliente. Cuando la sustitución sea debida a un uso indebido, manipulación o deterioro imputable al Cliente, podrán aplicarse los costes previstos en el Documento de Tarifas.
8.4. Pérdida, robo o uso no autorizado
En caso de pérdida, robo o sospecha de uso no autorizado de la Tarjeta SIM, el Cliente deberá comunicarlo de inmediato y de forma gratuita a EHTELCO a través de los canales habilitados.
a) Tras recibir la notificación, EHTELCO procederá al bloqueo inmediato de la Tarjeta SIM.
b) El Cliente únicamente será responsable de los consumos realizados hasta el momento de la notificación, conforme al RD 899/2009.
c) La reposición de la Tarjeta SIM se realizará conforme a lo previsto en la normativa y en el Documento de Tarifas.
8.5. Intercambio o sustitución de la Tarjeta SIM
Cuando proceda la sustitución de la Tarjeta SIM por pérdida, robo, mal funcionamiento o cambio tecnológico, EHTELCO emitirá una nueva Tarjeta SIM vinculada al número del Cliente.
— Podrá requerirse acreditación de identidad en caso de robo.
— Los costes aplicables, si los hubiera, se indicarán en el Documento de Tarifas.
— El bloqueo previo se realizará inmediatamente tras la notificación del Cliente.
8.6. Limitaciones técnicas
La Tarjeta SIM puede estar sujeta a limitaciones derivadas de la tecnología, compatibilidad del Terminal o cobertura de la red. El correcto funcionamiento de los Servicios dependerá de que el Cliente utilice un Terminal homologado y compatible con los estándares del Operador.
8.7. Acceso a llamadas de emergencia
Incluso en caso de suspensión del Servicio, bloqueo de la Tarjeta SIM o inexistencia de saldo, se garantizará el acceso a los servicios de emergencia conforme a lo establecido en la normativa europea y española.
8.8. Responsabilidad derivada del uso del Terminal
El Cliente será responsable del uso del Servicio a través de su Terminal, sin perjuicio de que la reparación, sustitución o mantenimiento de éste sea responsabilidad exclusiva del Cliente y no de EHTELCO, salvo que se trate de Terminales suministrados directamente por EHTELCO en régimen de venta o financiación.
8.9. Prohibiciones
La Tarjeta SIM no podrá ser manipulada, duplicada, modificada ni utilizada de forma contraria al Contrato. EHTELCO podrá desactivar la Tarjeta SIM en caso de usos ilícitos, fraudulentos o que comprometan la seguridad de la red.
8.10. Prevención de duplicados fraudulentos de sim (sim swap)
EHTELCO aplicará medidas reforzadas de verificación de identidad en procesos de duplicado o reposición de SIM con el fin de prevenir
fraudes.
8.11. Tratamiento de datos
Los datos personales tratados en relación con la Tarjeta SIM, incluidos los registros técnicos imprescindibles para la prestación del Servicio, serán tratados por EHTELCO conforme al RGPD y la LOPDGDD, limitándose al tratamiento necesario para la ejecución del presente Contrato.
9. TERMINALES
El Cliente se compromete a no adquirir ni alquilar material radioeléctrico (móviles y periféricos) no autorizado para las redes 2G, 3G, 4G o 5G por las autoridades competentes. Es responsable de las consecuencias de la utilización del material no autorizado. El Cliente debe informarse de la compatibilidad de su Terminal con el uso que desea hacer (SMS, DATA, mail, visio…).
9.1. Compatibilidad e interoperabilidad del Terminal
La prestación de determinados Servicios puede requerir que el Terminal del Cliente sea compatible con los estándares técnicos del Operador, incluyendo, cuando corresponda, funcionalidades tales como 4G, 5G, VoLTE, VoWiFi, eSIM, tethering y servicios de datos avanzados.
EHTELCO pondrá a disposición del Cliente, antes de la contratación y durante la vigencia del Contrato, la información necesaria sobre los requisitos mínimos de compatibilidad e interoperabilidad conforme a la normativa vigente.
9.2. Limitaciones técnicas
El correcto funcionamiento del Servicio puede verse condicionado por factores tales como el modelo del Terminal, la versión del sistema operativo, su configuración, su compatibilidad con los estándares de la red o la capacidad de procesar determinadas tecnologías radioeléctricas.
El Cliente será responsable de verificar que su Terminal cumple los requisitos técnicos comunicados por EHTELCO.
10. SUMINISTRO DE LOS CDR
Llamadas Internacionales y roaming
(a) Los datos de tráfico necesarios para la facturación de llamadas y datos internacionales o en itinerancia (roaming) pueden ser transmitidos a EHTELCO por los operadores extranjeros con retraso respecto de la fecha de uso, debido a los procesos de liquidación internacional. En consecuencia, de forma excepcional, dichos consumos podrán aparecer en ciclos de facturación posteriores.
(b) En todos los casos, el Cliente recibirá factura detallada con desglose por fecha, hora, destino y volumen de consumo, y conservará íntegramente sus derechos de reclamación y los plazos previstos en la normativa aplicable.
(c) Para la itinerancia dentro de la UE/EEE, se aplicará el principio de “Roam Like At Home”, sujeto, en su caso, a la política de utilización razonable. EHTELCO facilitará avisos de consumo y medidas de control conforme a la normativa vigente y a lo indicado en el documento de tarifas.
(d) El tratamiento de los datos de tráfico (CDR) se realiza exclusivamente para facturación e interconexión, conforme a la Directiva 2002/58/CE (ePrivacy) y la normativa de protección de datos; los plazos de conservación serán los necesarios para esos fines. El detalle completo consta en la Política de Privacidad, a la que se remite expresamente esta cláusula.
(e) Los precios finales aplicables (impuestos incluidos), así como las condiciones, límites y recargos fuera de la UE/EEE, constan en el documento de tarifas, entregado al Cliente antes de la contratación y parte integrante del Contrato.
Notas normativas de referencia: RD 899/2009 (información contractual, calidad y facturación); Reglamento (UE) 2022/612 (roaming, transparencia y RLAH); Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2286 (FUP y avisos); Directiva 2002/58/CE (datos de tráfico).
11. PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y RESPONSABILIDAD
11.1. Limitaciones técnicas y cobertura
Los mapas de cobertura puestos a disposición del Cliente son orientativos y no garantizan disponibilidad en ubicaciones concretas, pudiendo verse afectados por factores ambientales, técnicos o de congestión de red.
11.2. Disponibilidad del Servicio y causas ajenas a EHTELCO
EHTELCO no será considerada responsable de las perturbaciones causadas a los Servicios por terceros, en caso de fuerza mayor, por variaciones climáticas o electromagnéticas, o por labores de mantenimiento o de desarrollo llevadas a cabo por el Operador en su red.
Lo anterior se entiende sin perjuicio de los derechos de compensación y demás garantías que correspondan al Cliente cuando proceda conforme a la normativa aplicable y a la presente cláusula.
11.3. Calidad mínima, continuidad e indemnizaciones
EHTELCO prestará el Servicio cumpliendo los niveles mínimos de calidad legalmente exigibles y los que, en su caso, se indiquen en la oferta comercial/documento de tarifas incorporado al Contrato. En caso de interrupciones o incumplimiento de niveles mínimos, EHTELCO abonará al Cliente, al menos, las compensaciones previstas en la normativa de usuarios de comunicaciones electrónicas, sin necesidad de solicitud cuando la ley imponga el carácter automático, y en todo caso a requerimiento del Cliente a través de los canales de atención gratuitos.
11.4. Agotamiento de datos y reducción de velocidad
Una vez agotado el volumen de datos incluido en la tarifa, se aplicará la política prevista en el Documento de Tarifas, que podrá consistir en reducción de velocidad o corte del tráfico de datos hasta la activación de bonos adicionales.
11.5. Mantenimiento y actualizaciones de red
Las labores de mantenimiento programado se realizarán, siempre que sea posible, en franjas de menor impacto, con aviso previo mediante los canales habituales. Si el mantenimiento ocasionara interrupciones o degradaciones más allá de lo permitido por la normativa, procederán las compensaciones previstas en el apartado 9.2.
11.6. Integridad de red y gestión del tráfico
Para proteger la integridad y seguridad de la red y del Servicio, podrán aplicarse medidas de gestión del tráfico que serán transparentes, proporcionadas y no discriminatorias, conforme al Reglamento (UE) 2015/2120 y normativa de desarrollo. Dichas medidas se describen de forma accesible en la documentación comercial y estarán disponibles antes de la contratación.
11.7. Prevención del fraude, pérdida/robo y seguridad de la línea
EHTELCO hará todo lo que esté a su alcance para informar al cliente lo antes posible en el caso de que EHTELCO sospeche o detecte una utilización fraudulenta del Servicio.
El Cliente se compromete a actuar con diligencia y a comunicar de forma inmediata y gratuita a EHTELCO cualquier pérdida, robo o uso no autorizado de la línea o de la Tarjeta SIM por los canales habilitados. Recibida la notificación, EHTELCO procederá al bloqueo inmediato de la Tarjeta SIM/línea.
La responsabilidad económica del Cliente por consumos indebidos se limitará, como máximo, a los producidos hasta el momento de la notificación, salvo dolo o negligencia grave del Cliente, de conformidad con la normativa vigente.
EHTELCO podrá implantar mecanismos de detección de consumo inusual y avisos preventivos para mitigar riesgos de fraude, sin perjuicio de la responsabilidad limitada indicada.
11.8. Suspensión o limitación del Servicio por fraude o uso ilícito
Cuando existan indicios razonables de uso ilícito, fraudulento o de actuaciones que pongan en riesgo la integridad o seguridad de la red/Servicio, EHTELCO podrá adoptar medidas inmediatas, necesarias y proporcionales que podrán incluir la limitación o suspensión parcial del Servicio estrictamente en la extensión necesaria para contener el riesgo.
EHTELCO informará al Cliente de las causas y de los medios para su subsanación, con carácter previo o, si no fuera posible por la urgencia, de forma inmediata tras la adopción de la medida. En todo caso, se garantizará el acceso al servicio de emergencias 112 conforme a la normativa aplicable.
Una vez desaparecidas las causas, EHTELCO procederá a la reactivación del Servicio en el menor plazo técnicamente posible, sin penalización para el Cliente y sin perjuicio de los costes estrictamente necesarios de gestión que, en su caso, se encuentren publicados en el documento de tarifas.
11.9. Responsabilidad por equipos del Cliente y por terceros
EHTELCO no será responsable del funcionamiento de los equipos y aplicaciones del Cliente ni de los servicios prestados por terceros ajenos al control razonable de EHTELCO. Corresponde al Cliente verificar la compatibilidad de su terminal y configuraciones con el Servicio, sin perjuicio de la información mínima que EHTELCO facilita sobre requisitos e interoperabilidad.
11.10. Limitación de responsabilidad
Dentro de los límites permitidos por la normativa de consumidores, EHTELCO no responderá por daños indirectos tales como lucro cesante, pérdida de datos, pérdida de negocio o de oportunidad, derivados del uso o imposibilidad de uso del Servicio cuando obedezcan a causas no imputables a EHTELCO o a los supuestos previstos en los apartados anteriores. Esta limitación no excluye ni limita: (i) las compensaciones y garantías mínimas legalmente exigibles, ni (ii) la responsabilidad por dolo o culpa grave.
11.11. Reclamaciones y atención al Cliente
El Cliente dispondrá de canales gratuitos de atención (teléfono, área de cliente, correo electrónico y dirección postal) para la gestión de incidencias y reclamaciones, que serán resueltas en los plazos legales. EHTELCO registrará la fecha y número de referencia de cada reclamación y mantendrá a disposición del Cliente la constancia en soporte duradero.
12. OBLIGACIONES DEL CLIENTE
12.1. Uso correcto del Servicio
El Cliente se compromete a utilizar los Servicios conforme al presente Contrato, a la normativa vigente y a los principios de buena fe, absteniéndose de realizar cualquier uso que pueda afectar negativamente a la red del Operador o al funcionamiento de los Servicios.
En particular, el Cliente tiene expresamente prohibido:
La utilización de pasarelas, SIMBOX o cualquier dispositivo o sistema destinado a desviar o transformar tráfico con finalidad distinta del uso personal del Servicio.
La utilización de las Tarjetas SIM en infraestructuras, centralitas, cajas de conexión o equipos destinados a la reventa, redistribución o explotación comercial del Servicio, salvo autorización expresa de EHTELCO.
El uso del Servicio en actividades fraudulentas, ilícitas o que comprometan la integridad, seguridad o disponibilidad de la red.
12.2. Limitaciones técnicas y gestión del tráfico
El Cliente se compromete a no realizar usos que, por su naturaleza, puedan saturar de forma reiterada y significativa la red, comprometer la prestación del Servicio a terceros o afectar a su integridad.
En ningún caso estas limitaciones supondrán la prohibición absoluta del uso de protocolos, servicios o aplicaciones específicos (incluidos P2P u otros), que solo podrán ser objeto de medidas de gestión de tráfico transparentes, proporcionadas y no discriminatorias conforme al Reglamento (UE) 2015/2120.
12.3. Terminales compatibles y homologados
El Cliente se compromete a utilizar únicamente terminales móviles y equipos radioeléctricos homologados conforme a la normativa aplicable, y a verificar su compatibilidad con los Servicios. EHTELCO pondrá a disposición del Cliente, antes de la contratación, información sobre requisitos técnicos e interoperabilidad, sin perjuicio de que la verificación final corresponda al Cliente.
12.4. Información y actualización de datos
El Cliente deberá comunicar a EHTELCO cualquier cambio en sus datos identificativos o de facturación tan pronto como sea razonablemente posible, y siempre con antelación suficiente para permitir la correcta prestación del Servicio.
En ningún caso se impondrán plazos desproporcionados o restricciones que limiten injustificadamente los derechos del Cliente.
12.5. Confidencialidad y seguridad de credenciales
El Cliente deberá mantener la confidencialidad y seguridad de las credenciales, códigos PIN/PUK y cualquier información que permita el acceso al Servicio, así como custodiar adecuadamente la Tarjeta SIM.
Esta obligación no afectará al derecho del Cliente a formular reclamaciones, consultar a terceros, solicitar asesoramiento o ejercitar derechos legales.
12.6. Pérdida, robo o uso no autorizado de la Tarjeta SIM o de la línea
En caso de pérdida, robo o uso no autorizado, el Cliente deberá comunicarlo de forma inmediata y gratuita a EHTELCO a través de los canales habilitados.
Tras la notificación, EHTELCO procederá al bloqueo inmediato de la línea.
El Cliente será responsable únicamente de los consumos realizados hasta el momento de la notificación, salvo dolo o negligencia grave, conforme al RD 899/2009.
12.7. Uso particular del Servicio
El Servicio se contrata exclusivamente para uso particular. El Cliente se compromete a no utilizarlo con fines de explotación económica, comercial o profesional, salvo autorización expresa de EHTELCO.
12.8. Deber de colaboración frente a usos ilícitos o fraudulentos
El Cliente deberá informar a EHTELCO, tan pronto como tenga conocimiento, de cualquier uso fraudulento, desvío de tráfico o utilización no autorizada de una o varias líneas.
EHTELCO podrá solicitar, de forma razonable y proporcionada, la información estrictamente necesaria para investigar y resolver tales incidencias.
12.9. Consecuencias del incumplimiento
En caso de incumplimiento de las presentes obligaciones, y sin perjuicio de los derechos del Cliente, EHTELCO podrá adoptar medidas proporcionadas que podrán incluir:
* limitación temporal del Servicio,
* suspensión parcial o total,
* facturación de consumos derivados de usos ilícitos cuando sean imputables al Cliente según la normativa aplicable.
En ningún caso EHTELCO podrá repercutir al Cliente penalizaciones o cargos derivados de relaciones contractuales entre operadores o conceptos no previstos de forma transparente en el Contrato o en el documento de tarifas.
13. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
13.1. Modificación por cambios normativos o regulatorios
EHTELCO podrá modificar las condiciones del Contrato cuando sea necesario para cumplir con cambios en el marco legal o reglamentario aplicable a los servicios de comunicaciones electrónicas, o para dar cumplimiento a decisiones de autoridades judiciales, regulatorias, de competencia o de la Unión Europea.
13.2. Modificación por razones objetivas vinculadas al servicio
EHTELCO podrá introducir modificaciones que resulten necesarias por motivos técnicos u operativos debidamente justificados, siempre que dichas modificaciones no supongan una reducción injustificada de la calidad del servicio ni una alteración sustancial no prevista en el Contrato.
13.3. Modificación de precios y tarifas
EHTELCO podrá modificar las tarifas contratadas únicamente cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Variaciones objetivas en los costes del servicio derivadas de obligaciones legales, regulatorias o de interconexión.
b) Modificaciones tarifarias previstas de forma expresa y transparente en la oferta comercial aplicable al Cliente.
c) Ajustes tarifarios reflejados conforme a criterios objetivos e imparciales previamente comunicados al Cliente en la documentación contractual.
En ningún caso se realizarán modificaciones arbitrarias o no fundamentadas del precio.
13.4. Comunicación de las modificaciones
Toda modificación del Contrato será comunicada al Cliente con una antelación mínima de un (1) mes, mediante un soporte duradero adecuado (por ejemplo, correo electrónico, SMS, notificación en el área de cliente o carta).
La comunicación incluirá de forma clara:
a) El contenido exacto de la modificación.
b) La fecha de entrada en vigor.
c) Una explicación de si el cambio es o no favorable al Cliente.
d) El derecho del Cliente a resolver el Contrato sin penalización antes de la entrada en vigor de la modificación, salvo que esta sea estrictamente obligatoria por ley o resulte exclusivamente favorable al Cliente.
13.5. Derecho a resolver el Contrato sin penalización
Cuando la modificación no resulte favorable, el Cliente podrá resolver el Contrato sin penalización ni coste adicional, manteniendo su derecho a conservar su número mediante portabilidad, hasta el día anterior a la fecha de entrada en vigor de la modificación.
13.6. Efectos no retroactivos
Las modificaciones contractuales no tendrán efectos retroactivos, salvo que una norma legal o una resolución administrativa o judicial así lo exija.
13.7. Cambio de operador mayorista
EHTELCO podrá cambiar el operador de red mayorista utilizado para prestar el Servicio, con un preaviso mínimo de un mes, siempre que dicho cambio no reduzca la calidad ni las funcionalidades esenciales del servicio contratado.
En caso de que el cambio afecte de forma negativa a la cobertura, disponibilidad, velocidad o cualquier característica esencial del Servicio, el Cliente tendrá derecho a resolver el Contrato sin penalización antes de su entrada en vigor.
13.8. Nuevas tarjetas SIM cuando proceda
Cuando el cambio técnico o de operador lo requiera, EHTELCO pondrá a disposición del Cliente nuevas Tarjetas SIM sin coste adicional, salvo que se trate de servicios adicionales o sustituciones solicitadas voluntariamente por el Cliente.
14. SUSPENSIÓN / INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO
EHTELCO podrá, sin incurrir en responsabilidad hacia el Cliente, suspender total o parcialmente la ejecución del Servicio en los casos siguientes:
14.1. Incumplimiento grave del Cliente
En caso de incumplimiento grave por parte del Cliente de alguna de las obligaciones contractuales esenciales o utilización del Servicio en condiciones no conformes a las estipuladas en el Contrato, la suspensión del Servicio solo podrá producirse tras un plazo de diez (10) días desde la recepción de una notificación fehaciente enviada al Cliente.
No obstante, si el incumplimiento se refiere a las obligaciones del Cliente previstas en la cláusula “Obligaciones del Cliente” y dicho incumplimiento provoca un riesgo inmediato y grave para la red o para terceros, la suspensión podrá tener efecto inmediato, sin perjuicio de la obligación de EHTELCO de informar al Cliente a la mayor brevedad posible.
La suspensión no afectará al acceso a los servicios de emergencias (112), conforme a la normativa vigente.
14.2. Incompatibilidad del equipo o perturbaciones a la red
Existen circunstancias, en especial la incompatibilidad del equipo del Cliente (incluido el Terminal) que puedan causar un daño a la red del Operador o perturbar la prestación de los servicios del Operador a sus propios clientes. En estos casos, la suspensión será inmediata y será seguida de una notificación oficial enviada al Cliente mediante un medio de comunicación fehaciente. EHTELCO informará de las causas y de los medios para su subsanación.
La suspensión será proporcionada y se limitará exclusivamente a los servicios afectados.
14.3. Acciones u omisiones del Cliente que puedan menoscabar gravemente la red o el Servicio
Las acciones u omisiones del Cliente que causen o puedan menoscabar gravemente el buen funcionamiento del Servicio o la red del Operador podrán dar lugar a la suspensión inmediata, limitada a lo estrictamente necesario para preservar la integridad de la red. EHTELCO enviará una comunicación de requerimiento de subsanación al Cliente.
14.4. Requerimiento de autoridades públicas
La suspensión del Servicio podrá llevarse a cabo cuando así lo requieran las autoridades públicas competentes, en los plazos establecidos por estas, informándose previamente al Cliente siempre que resulte posible.
14.5. Suspensión por causas regulatorias
Cuando la licencia del Operador, de EHTELCO o de su prestador sea suspendida por las autoridades públicas, la suspensión del Servicio se llevará a cabo en los plazos establecidos por dichas autoridades, informándose al Cliente.
14.6. Suspensión por impago
En los casos de impago de servicios facturados:
a) EHTELCO enviará al Cliente una notificación fehaciente una vez transcurridos quince (15) días naturales desde el vencimiento impagado, indicando el importe pendiente, las formas de pago y la fecha prevista de suspensión.
b) La suspensión no podrá hacerse efectiva hasta que hayan transcurrido otros quince (15) días naturales desde la recepción de la notificación.
c) El impago de servicios de tarificación adicional o numeración especial solo permitirá suspender dichos servicios, pero no los servicios básicos de telefonía, conforme a la normativa.
d) En ningún caso se suspenderá el acceso al servicio de emergencia 112.
14.7. Alcance y proporcionalidad de la suspensión
La suspensión será proporcional y se limitará únicamente a los servicios afectados por la causa que la motive. Queda prohibida cualquier suspensión total cuando la incidencia afecte únicamente a servicios parciales o adicionales.
14.8. Reactivación del Servicio
Una vez desaparecidas las causas de la suspensión, o regularizada la situación, el Servicio será restablecido en el menor plazo técnicamente posible, sin penalización para el Cliente, sin perjuicio de los costes estrictamente necesarios de gestión previstos en el Documento de Tarifas.
14.9. Interrupciones no imputables al Cliente
EHTELCO no será responsable de las perturbaciones causadas por terceros, fuerza mayor, variaciones climáticas o electromagnéticas, o labores de mantenimiento o desarrollo por parte del Operador.
Cuando proceda, el Cliente tendrá derecho a las compensaciones previstas legalmente, que serán aplicadas automáticamente cuando así lo establezca la normativa.
14.10. Resolución del contrato por suspensión prolongada
En el caso de que, por aplicación de la presente cláusula, el Servicio permanezca totalmente suspendido durante un (1) mes consecutivo, cualquiera de las Partes podrá resolver el Contrato.
La resolución requerirá una notificación enviada mediante un medio fehaciente.
15. COMPROMISOS DE DURACIÓN
15.1. Naturaleza del compromiso de permanencia
El Cliente podrá asumir un compromiso de permanencia únicamente cuando ello se vincule a la obtención de una ventaja objetiva, como un descuento en la cuota, la entrega subvencionada de un terminal, la instalación gratuita o cualquier otro beneficio económico asociado al Servicio contratado.
Cada compromiso de permanencia será informado de forma clara antes de su aceptación y constará en el correspondiente documento o anexo contractual.
15.2. CAUSAS DE INCUMPLIMIENTO DEL COMPROMISO DE PERMANENCIA
Se considerará que el Cliente incumple el compromiso de permanencia cuando, antes de finalizar el periodo comprometido:
1. Solicite la baja del Servicio concreto al que esté asociada la ventaja económica.
2. Cambie a una tarifa inferior, cuando la permanencia esté vinculada a una tarifa determinada.
3. Solicite la portabilidad de la línea que tenga asociado el compromiso.
4. Se produzca una suspensión del Servicio por causas imputables al Cliente que impida seguir disfrutando de la ventaja vinculada a la permanencia (p. ej., impago reiterado conforme a la normativa aplicable).
15.3. EFECTOS DEL INCUMPLIMIENTO
En caso de incumplimiento, el Cliente abonará:
– Una penalización proporcional al beneficio recibido, calculada según el tiempo pendiente de compromiso en relación con el periodo total de permanencia.
– En el caso de terminales financiados o subvencionados, el Cliente abonará únicamente:
(a) las cuotas pendientes de financiación del terminal, cuando exista un contrato de financiación; o
(b) la parte proporcional del valor del descuento aplicado sobre el terminal.
En ningún caso la penalización podrá superar el valor del beneficio efectivamente concedido.
15.4. FACTURACIÓN DE CANTIDADES PENDIENTES
Las cantidades que resulten exigibles por la parte proporcional de la permanencia o por otros conceptos contractualmente asociados al beneficio concedido se facturarán en una única liquidación final, sin perjuicio de que:
Solo podrán incluirse conceptos vinculados al Servicio o beneficio que originó la permanencia.
No podrán incluirse cuotas de servicios distintos no asociados al beneficio recibido.
La fórmula de cálculo de la penalización proporcional se entrega al Cliente en soporte duradero antes de la contratación
15.5. SUBSISTENCIA DE LOS COMPROMISOS
Los compromisos de permanencia asociados a beneficios concretos subsistirán mientras el Cliente siga disfrutando de dicho beneficio.
No subsistirán cuando:
– el Cliente pierda el terminal por causas no imputables a su negligencia (robo denunciado, avería cubierta por garantía, etc.),
– el Servicio no pueda prestarse por causas no imputables al Cliente,
– EHTELCO modifique unilateralmente las condiciones contractuales en términos no favorables al Cliente, caso en el cual podrá resolver sin penalización.
15.6. DERECHO DEL CLIENTE A RESOLVER SIN PENALIZACIÓN
El Cliente podrá resolver el contrato sin penalización cuando:
– EHTELCO modifique las condiciones contractuales de forma no favorable (art. 67 Ley 11/2022).
– Existan incidencias en el Servicio que justifiquen la resolución conforme a la normativa.
– Ejerza su derecho de desistimiento dentro de los plazos legales.
– La permanencia no esté asociada a una ventaja económica válida.
15.7. INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL
EHTELCO entregará al Cliente, antes de la contratación, la siguiente información en soporte duradero:
– duración exacta del compromiso de permanencia,
– ventaja económica concreta que lo justifica,
– fórmula de cálculo de la penalización proporcional,
– existencia de posibles servicios adicionales financiados,
– identificación del Servicio concreto al que se vincula la permanencia.
16. TARIFAS Y COSTES
16.1. Régimen general de tarifas y costes
Como contrapartida por la prestación de los Servicios, el Cliente deberá pagar las tarifas y gastos siguientes: gastos iniciales y tarifas mensuales. Los Gastos de Utilización se facturarán por el tráfico telefónico generado por el Cliente, de conformidad con la tarifa de EHTELCO en vigor el día de la facturación.
16.2. Documento de tarifas y transparencia económica
Las tarifas aplicables, incluidos los precios finales impuestos incluidos, los posibles cargos adicionales, límites de consumo, condiciones de superación, recargos fuera de la UE/EEE, así como los bonos o descuentos vigentes, se recogen en el Documento de Tarifas, que forma parte integrante del Contrato contratación con el mismo valor jurídico que estas Condiciones Generales y es entregado al Cliente en soporte duradero antes de la contratación.
Asimismo, el Cliente tendrá acceso permanente a dicho documento a través de los canales habituales de EHTELCO.
16.3. Información previa y contractual obligatoria
Antes de la contratación, EHTELCO facilita al Cliente, en soporte duradero, la información obligatoria prevista en la normativa, incluyendo:
a) características principales del servicio;
b) precios totales impuestos incluidos;
c) duración y condiciones de renovación;
d) condiciones y mecanismos para solicitar la resolución del contrato;
e) penalizaciones asociadas, únicamente cuando existan ventajas económicas que las justifiquen;
f) información sobre velocidad mínima, estimada y máxima cuando corresponda a servicios de acceso a Internet;
g) limitaciones técnicas, gestión del tráfico y política de uso razonable en roaming.
16.4. Modificación de tarifas
EHTELCO podrá modificar las tarifas siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
1. Preaviso mínimo de treinta (30) días al Cliente, mediante soporte duradero.
2. La comunicación incluirá:
* el contenido exacto de la modificación,
* la fecha de entrada en vigor,
* si la modificación es favorable o no para el Cliente,
* el derecho del Cliente a resolver el Contrato sin penalización antes de la fecha de entrada en vigor de la modificación.
3. El Cliente podrá rechazar cualquier aumento de los Gastos de Utilización y resolver el Contrato sin coste, salvo cuando el aumento venga impuesto por una norma legal o regulatoria, una decisión de autoridad competente o un elemento ajeno al control razonable de EHTELCO.
16.5. Criterios objetivos de modificación de precios
Las tarifas sólo podrán modificarse cuando concurra uno de los siguientes supuestos:
a) cambios normativos, regulatorios o fiscales;
b) costes objetivos de interconexión o itinerancia;
c) actualizaciones previstas expresamente en el Contrato o el Documento de Tarifas;
d) ajustes justificados y transparentes comunicados conforme al apartado 14.4.
16.6. Facturación y desglose
La facturación se realizará con la periodicidad prevista en el Documento de Tarifas e incluirá un desglose claro, completo y comprensible de todos los conceptos facturados.
En caso de servicios de itinerancia o internacionales cuya información llegue con retraso por operadores extranjeros, dichos cargos podrán ser incluidos en ciclos de facturación posteriores, conforme a la normativa.
16.7. Control de consumo y avisos automáticos
EHTELCO pondrá a disposición del Cliente herramientas gratuitas de control del consumo y enviará avisos automáticos cuando se alcancen los límites o se produzcan incrementos significativos de gasto, de acuerdo con la normativa aplicable.
16.8. Prohibición de incrementos retroactivos
Los cambios de tarifas no tendrán efecto retroactivo, salvo que una norma legal o una resolución administrativa o judicial así lo exija.
16.9 Red de Servicio Móvil
EHTELCO presta los servicios de telefonía móvil en calidad de Operador Móvil Virtual (OMV). Para ello, utiliza la infraestructura de red de un operador principal con cobertura en el territorio nacional. La calidad y cobertura del servicio dependen, en última instancia, de la red de dicho operador.
16.10. Medios de pago y obtenga la autorización del cliente.
Condiciones de Pago
Domiciliación Bancaria (SEPA): El Cliente, mediante la firma del documento de Orden de Domiciliación SEPA, autoriza a EHTELCO a efectuar cargos periódicos en la cuenta bancaria indicada para el cobro de todas las facturas derivadas del presente contrato.
Pago con Tarjeta: Si el Cliente opta por el pago mediante tarjeta de crédito o débito, autoriza expresamente a EHTELCO a realizar cargos recurrentes en la tarjeta facilitada para el cobro de los servicios contratados. El Cliente se compromete a mantener los datos de la tarjeta actualizados.
17. CONDICIONES SUPLEMENTARIAS
17.1. Responsabilidad sobre los Códigos de Acceso
El Cliente es el único responsable del Código de Acceso y de cualquier utilización del Servicio con su Código de Acceso. El Cliente deberá notificar inmediatamente a EHTELCO la pérdida, el robo de un Código de Acceso o el hecho de que tenga motivos para creer que un Código de Acceso ha sido descubierto. Si lo estima necesario, EHTELCO podrá desactivar y sustituir inmediatamente un Código de Acceso (o solicitar al Cliente que escoja uno nuevo).
17.2. Notificación y bloqueo inmediato (obligación legal del operador)
Cuando el Cliente comunique la pérdida, robo o uso no autorizado del Código de Acceso o la Tarjeta SIM, EHTELCO procederá al bloqueo inmediato y gratuito del servicio asociado, conforme al Real Decreto 899/2009 y la Ley 11/2022.
El Cliente solo será responsable de los consumos realizados antes de la notificación, salvo negligencia grave o dolo. Tras el bloqueo, EHTELCO emitirá nuevos Códigos de Acceso o una nueva SIM, en los términos establecidos en el Documento de Tarifas.
17.3. Canales de notificación gratuitos y accesibles
EHTELCO pondrá a disposición del Cliente canales gratuitos (teléfono, área de cliente u otros medios equivalentes) para comunicar la pérdida, robo o uso no autorizado, garantizando siempre la posibilidad de notificación inmediata.
17.4. Garantía de acceso a servicios de emergencia
El bloqueo de la SIM o del Código de Acceso no afectará al acceso al número de emergencias 112, de conformidad con el RD 899/2009 y la normativa europea.
17.5. Medidas de seguridad y obligaciones del operador
EHTELCO adoptará medidas técnicas y organizativas razonables para proteger los sistemas de acceso y las credenciales del Cliente, incluyendo:
– Prevención de duplicados fraudulentos de SIM (SIM swap).
– Monitorización de consumos inusuales para detección de accesos ilícitos.
– Mecanismos de aviso al Cliente cuando existan indicios de uso fraudulento.
Estas actuaciones se realizarán respetando el RGPD y la LOPDGDD.
17.6. Limitación de responsabilidad del Cliente
La responsabilidad del Cliente respecto al uso del Servicio mediante sus Códigos de Acceso no será ilimitada.
En ningún caso podrá imputársele:
– Responsabilidad por consumos posteriores a su notificación de pérdida/robo.
– Importes derivados de fallos de seguridad imputables al operador.
– Cargos por accesos fraudulentos que no hayan sido facilitados directa o indirectamente por el Cliente.
Cualquier disposición en contrario se considerará no puesta.
17.7. Tratamiento de datos personales asociado a Códigos de Acceso
El tratamiento de datos derivados de la gestión de Códigos de Acceso (incluyendo reposición, bloqueo, registros de seguridad y validación de identidad) se realizará exclusivamente para la ejecución del contrato y la seguridad del servicio, de conformidad con el RGPD y la LOPDGDD.
EHTELCO informará al Cliente de sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad.
18. OBJETIVOS DE CALIDAD DEL SERVICIO
18.1. Soporte y notificación de incidencias
EHTELCO destinará cinco días de cada siete (5/7), entre las 9:30 y las 18:30, para atender las Incidencias en el funcionamiento del Servicio, (i) sobre incidencias detectadas por EHTELCO o (ii) cuando sea el Cliente el que lo comunique (en lo sucesivo, designados, indistintamente, «Notificación de Incidencias»), quien deberá prestar su plena colaboración a EHTELCO para determinar la causa del problema, con el fin de conseguir su resolución. Cualquier Notificación de Incidencia, cuando haya sido comunicada por el Cliente, deberá realizarse mediante el envío de un correo electrónico a la dirección hsoporte@ehtelco.com, a través del sitio de Internet EHTELCO y/o al número de teléfono 876069977 o a cualquier otra dirección o número de teléfono que, ulteriormente, EHTELCO haya comunicado al Cliente. Al Cliente se le comunicará un número de Notificación de Incidencia.
Adicionalmente, EHTELCO pondrá a disposición del Cliente canales gratuitos y accesibles de atención (incluyendo, como mínimo, un canal telefónico y un canal en línea) y registrará en soporte duradero la fecha y referencia de cada incidencia, conforme a la normativa de usuarios de comunicaciones electrónicas.
18.2. Información de calidad y parámetros mínimos
Sin perjuicio de los objetivos contractuales recogidos en esta cláusula, EHTELCO informa que:
(a) para los servicios de acceso a Internet móvil se publicarán y entregarán al Cliente, en soporte duradero junto con la oferta/tarifas, las velocidades máxima, mínima y estimada, así como los parámetros esenciales de calidad aplicables;
(b) se indicarán de forma clara las posibles medidas razonables de gestión de tráfico, que en todo caso serán transparentes, proporcionadas y no discriminatorias, de conformidad con el Reglamento (UE) 2015/2120;
(c) se pondrán a disposición mapas de cobertura orientativos y la información relevante sobre limitaciones técnicas que puedan afectar a la disponibilidad efectiva del Servicio.
18.3. Objetivo de disponibilidad
Tomando el mes como base de cálculo, EHTELCO hará todo lo posible para que el Servicio se encuentre disponible, al menos, el 99,85% del tiempo (en lo sucesivo, «Objetivo de Disponibilidad del Servicio»). Este periodo de disponibilidad se calculará mediante los registros técnicos y herramientas de monitorización de EHTELCO, complementados, cuando proceda, con las Notificaciones de Incidencias del Cliente.
Cuando la normativa vigente establezca parámetros mínimos de calidad o metodologías de medida, EHTELCO los aplicará en todo caso. La presente cláusula no limita los derechos irrenunciables del Cliente.
18.4. Interrupciones y compensaciones
Cuando se produzcan interrupciones del Servicio o se incumplan los niveles mínimos de calidad que resulten legalmente exigibles, EHTELCO abonará al Cliente, al menos, las compensaciones previstas en la normativa aplicable (incluida su aplicación automática cuando la ley así lo exija). Estas compensaciones legales son compatibles con las compensaciones contractuales adicionales previstas en el apartado 16.5, aplicándose siempre la opción más favorable para el Cliente.
18.5. Compensación contractual adicional por disponibilidad
Si no se alcanza el Objetivo de Disponibilidad del Servicio durante un mes, el Cliente se beneficiará de una cantidad equivalente a un porcentaje:
■ de los Gastos Fijos, pagaderos con cargo al mes en el que se produce la Incidencia; y
■ de la media de los Gastos de Utilización pagaderos con cargo a los tres meses anteriores a aquel en que se produce la Incidencia, de acuerdo con la tabla que figura a continuación, sin perjuicio de las compensaciones mínimas legales y aplicándose siempre la mayor:
Disponibilidad Compensación
Del 99,85% al 99,5% 5%
Del 99,5% al 97% 10%
Menos del 97% 20%
Las compensaciones se abonarán, cuando proceda legal o contractualmente, de oficio en la factura inmediatamente posterior a la incidencia o, si no fuera posible por cierre de ciclo, en la siguiente, y podrán acumularse hasta su íntegra aplicación. En ningún caso se aplicarán límites inferiores a los mínimos establecidos por la normativa.
18.6. Objetivo de restablecimiento y sustitución de equipos
EHTELCO hará todo lo posible para solventar cualquier problema que genere una Incidencia del Servicio en el plazo de cuatro (4) horas, a contar desde la recepción de una Notificación de Incidencias, y, asimismo, de sustituir los Equipos defectuosos puestos a disposición del Cliente o vendidos al Cliente (siempre que el periodo de garantía esté en vigor) dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la constatación por EHTELCO de la avería del Equipo (en lo sucesivo, «Objetivo de Restablecimiento del Servicio»).
El incumplimiento de estos objetivos no excluye ni limita las compensaciones o remedios que correspondan conforme a la normativa aplicable y a esta cláusula.
18.7. Mantenimiento programado
El mantenimiento programado se realizará, siempre que sea posible, en franjas horarias de menor impacto y se comunicará con antelación razonable por los canales habituales. Cuando el mantenimiento programado suponga interrupciones o degradaciones que excedan lo permitido por la normativa, procederán las compensaciones correspondientes.
18.8. Incidencias no imputables y alcance del cómputo
A efectos del cómputo de la disponibilidad y de las compensaciones, no se considerarán periodos de indisponibilidad aquellos que, en la medida en que así lo prevea la normativa vigente y pueda acreditarse objetivamente, sean debidos a:
(i) equipos o servicios no suministrados por EHTELCO y bajo control del Cliente;
(ii) casos de fuerza mayor en los términos previstos por la ley;
(iii) mantenimiento programado debidamente anunciado y ejecutado en las condiciones indicadas en 16.7;
(iv) incumplimientos graves del Cliente que comprometan la integridad de la red o del Servicio, conforme al Contrato y a la normativa.
En todo caso, cuando el Cliente sufra una interrupción efectiva del Servicio que deba ser computada según la normativa, se aplicarán las compensaciones que correspondan.
18.9. Límites, forma y efectos de los créditos
El reconocimiento de créditos por calidad del Servicio se documentará en soporte duradero y se aplicará en la facturación del Cliente. No se establecerán límites distintos a los que fije la normativa de usuarios de comunicaciones electrónicas ni condiciones que reduzcan los mínimos legales. Cuando el importe no pueda imputarse íntegramente en el ciclo de facturación inmediato, el remanente se aplicará en facturas sucesivas hasta su completa compensación.
18.10. Transparencia y soporte duradero
Las características esenciales del Servicio, los parámetros de calidad, las metodologías de medición, los mecanismos de compensación y los indicadores aplicables se pondrán a disposición del Cliente en soporte duradero junto con la oferta comercial y el documento de tarifas que forman parte integrante del Contrato. Esta información permanecerá accesible para el Cliente durante la vigencia del Contrato.
19. BAJA EN EL SERVICIO
19.1. Causas de baja
Son causas de baja del Cliente en EHTELCO las siguientes:
(I) la solicitud de baja del servicio EHTELCO por parte del Cliente;
(II) la interrupción definitiva del servicio citado;
(III) si por un cambio de titular este servicio no estuviera contratado bajo el mismo número de identificación de la persona física (DNI/Pasaporte/NIE).
19.2. Derecho del Cliente a solicitar la baja
El Cliente podrá darse de baja en EHTELCO en cualquier momento, comunicándolo al Servicio de Atención al Cliente a través de cualquier canal gratuito habilitado (teléfono, correo electrónico, área de cliente u otros medios equivalentes), acreditando su identidad.
La solicitud de baja se tramitará de forma ágil, gratuita y sin cargas desproporcionadas, conforme al artículo 67 de la Ley 11/2022 y al RD 899/2009.
El Cliente podrá solicitar la baja sin necesidad de respetar un preaviso de 30 días, si bien, cuando desee que la baja tenga efectos en una fecha futura concreta, podrá comunicarlo con antelación. EHTELCO informará al Cliente de la fecha efectiva de baja en soporte duradero.
19.3. Procedimientos y efectos de la baja
La baja del Cliente será efectiva en el menor plazo técnicamente posible desde su comunicación.
Durante el proceso, EHTELCO garantizará la continuidad del servicio salvo que el Cliente solicite lo contrario o la desconexión sea técnicamente necesaria.
La baja no supondrá coste alguno para el Cliente, salvo los conceptos estrictamente relacionados con:
– servicios efectivamente prestados hasta la fecha efectiva de baja,
– devolución de equipos cuando proceda (ver apartado 17.6),
– penalizaciones derivadas exclusivamente de ventajas económicas aceptadas por el Cliente (p. ej. permanencias válidas).
19.4. Portabilidad en caso de baja
La solicitud de baja no impedirá el ejercicio del derecho a la portabilidad del número, que podrá solicitarse antes de la fecha efectiva de baja y se realizará conforme a la normativa vigente. EHTELCO no obstaculizará en ningún caso este derecho.
19.5. Variaciones debidas a la baja o por no producirse el alta efectiva de los servicios
Cuando se produzca la baja del Cliente en EHTELCO, o, tras contratarse EHTELCO, no llegase a producirse el alta efectiva, continuarán prestándose los servicios que permanezcan de alta, de conformidad con sus condiciones, sin perjuicio de los derechos del Cliente a resolver sin penalización cuando la imposibilidad de alta no le sea imputable.
19.6. Compromisos sobre la devolución de equipos
El cliente se obliga, en caso de terminación del contrato, con independencia de la causa, a proceder a la entrega en una tienda EHTELCO de los equipos que le hubiesen sido proporcionados con el fin de permitirle el acceso o la conexión a los servicios.
EHTELCO informará al Cliente, en soporte duradero, del procedimiento de devolución, puntos de entrega y plazo disponible para realizarla.
La no entrega de los equipos podrá conllevar un cargo asociado al valor del equipo no devuelto, siempre que dicho valor sea proporcionado, transparente y previamente informado al Cliente en el documento de tarifas o condiciones particulares.
Cuando el valor del equipo sea efectivamente de 100 €, dicho importe podrá aplicarse siempre que:
– corresponda al valor real o coste de reposición,
– haya sido comunicado previamente en soporte duradero,
– el Cliente disponga de un método gratuito y razonable para su devolución.
19.7. Cambio de titularidad
La baja por motivo de cambio de titularidad solo procederá cuando:
– el nuevo titular no acepte la continuidad del servicio, o
– exista una exigencia normativa que lo impida.
En ningún caso la baja automática por cambio de titular podrá aplicarse de forma que perjudique injustificadamente al Cliente o limite sus derechos.
19.8. Confirmación de la baja y documentación
EHTELCO facilitará al Cliente, en soporte duradero, la confirmación de la solicitud de baja, incluyendo:
– la fecha efectiva de baja,
– los servicios afectados,
– las consecuencias económicas, si las hubiera.
20. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
20.1. Responsable del Tratamiento
Los datos personales del Cliente serán tratados por EHTELCO, con domicilio en C/ Avenida Nuestra Señora de la Sagrada 2, local 2, 50196 La Muela (Zaragoza), y CIF B‑99550238.
El Cliente podrá contactar con EHTELCO para cualquier cuestión relacionada con la protección de datos a través del correo electrónico <datos@enhancedcommunications.es> o del teléfono 876 069 977.
20.2. Finalidades del tratamiento y bases jurídicas
Los datos del Cliente serán tratados para las siguientes finalidades:
a) Prestación del servicio de comunicaciones electrónicas, gestión del contrato, facturación, cobro, atención al cliente, soporte técnico y portabilidad del número.
b) Cumplimiento de obligaciones legales, incluidas las derivadas de normativa de telecomunicaciones, conservación de datos de tráfico y facturación, prevención del fraude y atención a requerimientos de autoridades competentes.
c) Gestión de incidencias, calidad del servicio y seguridad de red, incluyendo la detección de usos ilícitos o fraudulentos.
d) Comunicaciones comerciales y promociones relacionadas con productos y servicios propios, únicamente cuando el Cliente haya otorgado su consentimiento o exista relación contractual previa conforme a la normativa sobre comunicaciones comerciales.
El Cliente podrá retirar su consentimiento en cualquier momento sin que ello afecte a la licitud del tratamiento previo.
20.3. Categorías de datos tratados
Según el servicio contratado, EHTELCO podrá tratar:
– Datos identificativos y de contacto.
– Datos económicos y de facturación.
– Datos de tráfico y metadatos estrictamente necesarios para la facturación y provisión del servicio (conforme a Directiva ePrivacy y Ley 11/2022).
– Datos relativos a incidencias, reclamaciones y soporte técnico.
– Datos de localización únicamente cuando sean necesarios para la prestación del servicio o cuando lo permita la normativa.
No se tratarán datos no necesarios para la relación contractual.
20.4. Conservación de los datos
Los datos se conservarán durante los siguientes periodos:
– Datos necesarios para la prestación del servicio: mientras dure la relación contractual.
– Datos de facturación y contabilidad: durante los plazos legales (normalmente 5 años).
– Datos de tráfico: durante el tiempo necesario para la facturación y resolución de reclamaciones, y durante los plazos exigidos por la normativa sectorial aplicable.
Tras su finalización, los datos quedarán bloqueados durante los plazos de prescripción legal, conforme al art. 32 LOPDGDD.
20.5. Destinatarios de los datos
Los datos podrán comunicarse únicamente a (i) Administraciones públicas, juzgados y fuerzas y cuerpos de seguridad, cuando sea legalmente obligatorio, (ii) Entidades financieras para la gestión de cobros (iii) Operadores de telecomunicaciones cuando sea necesario para la portabilidad, itinerancia o interconexión (iv) Proveedores que actúen como encargados del tratamiento, bajo contrato conforme al art. 28 RGPD.
No se realizarán transferencias internacionales salvo servicios que lo hagan imprescindible, adoptando en su caso garantías adecuadas conforme al RGPD.
20.6. Comunicación a ficheros de solvencia patrimonial
En caso de impago cierto, vencido y exigible, y tras requerimiento previo conforme al art. 20 LOPDGDD, EHTELCO podrá comunicar los datos del Cliente a sistemas de información crediticia autorizados.
El Cliente recibirá aviso previo conforme a derecho.
20.7. Derechos del Cliente
El Cliente podrá ejercer sus derechos de (i) Acceso, (ii) Rectificación, (iii) Supresión, (iv) Oposición, (vi) Limitación (vii) Portabilidad y (viii) No ser objeto de decisiones automatizadas con efectos jurídicos dirigiéndose al Responsable por los medios indicados.
Asimismo, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos ([www.aepd.es](http://www.aepd.es) si considera vulnerados sus derechos.
20.8. Seguridad y confidencialidad
EHTELCO aplicará medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad, integridad y confidencialidad de los datos personales, conforme al RGPD y la normativa sectorial de telecomunicaciones.
El personal de EHTELCO está obligado a mantener la confidencialidad respecto de la información a la que acceda en el desempeño de sus funciones.
21. Legislación aplicable y jurisdicción competente
El presente Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con la legislación española aplicable en materia de comunicaciones electrónicas y protección de los consumidores y usuarios.
Para la resolución de cualquier controversia relacionada con la interpretación o ejecución del Contrato, serán competentes los Juzgados y Tribunales del domicilio del Cliente, de conformidad con la normativa vigente en materia de consumidores y usuarios y con las reglas de competencia judicial internacional que resulten aplicables.
Lo anterior se entenderá sin perjuicio de los derechos que asisten al Cliente para acudir, cuando proceda, a los mecanismos de resolución alternativa de conflictos o a cualquier otra vía de reclamación prevista por la normativa sectorial o general de protección de consumidores.
22. Confirmación de entrega de información precontractual
El Cliente declara haber recibido, con antelación suficiente y en soporte duradero, toda la información precontractual exigida por la Ley 11/2022 y normativa de consumidores.